Aprueba Congreso cárcel y multas a quienes fabriquen y usen “ponchallantas”
Por unanimidad la 65 Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó adicionar el artículo 264 Bis al Código Penal para el Estado de Sinaloa que tipifica como delito el uso de “ponchallantas” y lo sanciona con tres y hasta diez años de cárcel. El artículo a adicionar establece que: “Se impondrá una pena de tres a diez años de prisión, y de cien a quinientos días multa, y el decomiso de los objetos utilizados, a quien coloque o arroje en vías de comunicación objetos punzocortantes que obstaculicen el tránsito vehicular. Se incluyen, entre otros, estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas o cualquier artefacto similar elaborado con materiales de acero o de cualquier otro material, comúnmente conocidos como “ponchallantas”. “La misma pena se aplicará a quien fabrique, distribuya, comercialice o facilite la obtención de estos objetos con el propósito de ser […]