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Avanza en el Congreso iniciativa que busca sancionar actividad de “halconeo”

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La Diputación Permanente del Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura a cinco iniciativas, una de las cuales incluye la prohibición del uso de videocámaras u otros medios tecnológicos con fines de “halconeo”, e incrementa las sanciones cuando en estas acciones se utilicen niños, adultos mayores o personas que no tienen capacidad para comprender lo que hacen.
Esta iniciativa fue presentada por el Grupo Parlamentario de Morena, que propone se reformen las fracciones I, II y III del artículo 293 Bis y se le adiciona un párrafo cuarto, todas del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de “Halconeo”.
En los considerandos de la iniciativa se señala que resulta imperativo fortalecer la regulación de este delito, para garantizar que las instituciones encargadas de la seguridad pública puedan ejercer sus funciones sin interferencias que pongan en riesgo su integridad y efectivo desempeño.
El citado artículo establece actualmente que se aplicará pena de cuatro años seis meses a quince años de prisión y de mil a dos mil días multa, a quien: aceche, vigile, espíe o proporcione información, sobre las actividades oficiales o personales que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública, y se le adiciona que dicha información puede ser obtenida a través de cualquier medio de comunicación.
También se añade que la sanción aplicará cuando esa información que se transmita tenga la finalidad de evitar la captura de un delincuente o miembro de una asociación delictuosa u organización criminal.
Se acota que la sanción es para quien o quienes obtengan información, utilizando cualquier medio tecnológico sobre acciones, actividades o ubicación de las instituciones señaladas.
En cuanto a la mayor penalización, se establece que:
“La pena prevista en este artículo se aumentará desde un tercio a la mitad a quien, para la comisión del delito, utilice, induzca u obligue a menores de edad, personas adultas mayores o que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo”.
Las cuatro iniciativas restantes son:
*Iniciativa de los ciudadanos sinaloenses César Abraham Cuadras López, Carlos Urías Espinoza, Manuel Efrén Siu Quevedo, Julio César Sánchez Carbot y Fredi Cárdenas Contreras, que propone adicionar diversas disposiciones a la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable, en materia de fomento a las actividades de siembra y cosecha de recursos acuícolas, regular los laboratorios de producción, el traslado de los recursos pesqueros y acuícolas, y los puntos de verificación.
Con estas adiciones quienes se dediquen a estas actividades deberán contar con los permisos de siembra y notificación de cosecha emitido por el CESASIN y validado por la Secretaría de Pesca y Acuacultura, y también deberán aplicar en los cultivos acuícolas, cualquiera que sea la especie, alimentos libres de agentes contaminantes y que su composición conlleve a un producto acuícola inocuo para el consumo humano.
Se establece que el período de siembra y cosecha del camarón en cada ciclo de cultivo acuícola será determinado por la SPyA debiendo consultar al CESASIN y las organizaciones gremiales autorizadas, se publicará en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” con cuarenta y cinco días de anticipación al inicio del mismo, entre otras medidas.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformar las fracciones XVIII y XIX, así como adicionar la fracción XX al artículo 2 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa en materia de creación de la Unidad Operativa de Género.
Esta unidad se deberá integrar fundamentalmente por mujeres policías altamente capacitadas, y que cuenten con equipamiento táctico y de tecnología de vanguardia, con la finalidad de abordar de manera transparente los desafíos y problemas de la violencia de género.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAN, que propone reformas y adiciones diversas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la Ley de Educación, Ley de Gobierno Municipal y Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, en materia de implementación de medidas para la prevención, atención y sanción a la exposición de contenidos que impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes o que hagan apología al delito.
Con estas adiciones, ahora las autoridades estatales y municipales estarán obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por la exposición a contenidos que difundan o transmiten información de imágenes o audios que afecten o impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, o que hagan apología del delito, en contravención al principio de interés superior de la niñez.
Asimismo, se prohíbe la reproducción, difusión o transmisión de imágenes o audios que hagan apología del delito en los bienes muebles e inmuebles propiedad del estado y de sus municipios que son de uso público, de valor cultural, o estar destinados a prestar un servicio público.
Se establece que las autoridades educativas tomarán acciones para prohibir en los planteles educativos la difusión, transmisión, información de imágenes o audios que afecten o impidan objetivamente el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes, o que hagan apología del delito, en contravención al principio de interés superior de la niñez.
De aprobarse esta iniciativa, las autoridades municipales deberán establecer en la reglamentación interna medidas tendentes a erradicar en la presentación de espectáculos públicos, artísticos o similares, la interpretación y/o reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que promuevan la cultura de la violencia o hagan apología del delito o de autores de hechos ilícitos.
Además, se establece que los vehículos de transporte público tienen prohibido la reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que promuevan la cultura de la violencia o hagan apología del delito o de autores de hechos ilícitos, entre otras medidas.
*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PVEM que propone reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Sinaloa en materia de mecanismos de participación ciudadana.
Se reforma el primer párrafo del artículo 150; y se adicionan los párrafos onceavo, doceavo, treceavo, catorceavo, quinceavo, dieciseisavo diecisieteavo, dieciochoavo y diecinueveavo del artículo 150; todos de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
En concreto se propone reformar el primer párrafo del artículo 150, así como adicionar los párrafos XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX.
Con las modificaciones se incluye las figuras de Propuesta ciudadana, Consulta Ciudadana, Audiencia Pública, la Colaboración Ciudadana, el Presupuesto participativo, los Recorridos barriales, las Contralorías Ciudadanas, el Cabildo abierto y la Planeación participativa.
Se considera que estos mecanismos son acordes con la normatividad vigente en materia de transparencia, rendición de cuentas y justicia social. Además de dotar de un sentido humanista en la forma en que gobernantes y gobernados interactúan en la toma de decisiones de los asuntos públicos.

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